lunes, 28 de diciembre de 2009

Reconocimiento de efectos civiles al matrimonio gitano


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce a María Luisa Muñoz, más conocida como 'la Nena', el derecho a una pensión de viudedad por haber estado casada casi 30 años por el rito gitano. La Sentencia, emitida por seis votos a favor y uno en contra, sentará Jurisprudencia y reconoce el derecho de las minorías étnicas a ser tratadas de forma diferenciada para favorecer su integración social.

El Tribunal de Estrasburgo toma como basa el artículo 14 de la Convención de Derechos Humanos donde se establece la prohibición a la discriminación con las siguientes palabras: “El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna, especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión, opiniones políticas u otras, originen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación”.

María Luisa Muñoz, de etnia gitana, con 53 años es madre de 6 hijos y enviudó en el año 2000 tras 29 años de convivencia con su pareja. La unión se celebró por el rito gitano en 1971, cuando María Luisa sólo tenía 15 años, desconociendo que su matrimonio no tenía efectos civiles. El núcleo del problema se encontraba en la constitución de derechos civiles a partir de ritos sin validez jurídica en el Código Civil español, como era el caso del matrimonio gitano. Aunque la legislación española reconoce la singularidad gitana, ese reconocimiento no tenía consecuencias en el derecho civil a efectos de percepción de, por ejemplo, una pensión de viudedad.

Su marido era albañil de profesión y por ello estuvo cotizando a la Seguridad Social durante más de 19 años. Cuando falleció en el año 2000, María Luisa reclamó una pensión de viudedad pero su petición fue rechazada por la Seguridad Social bajo el argumento de que sólo los cónyuges tienen derecho a la misma, y no era el caso de María Luisa, porque su enlace por el rito gitano no estaba reconocido como matrimonio. La mujer emprendió entonces una batalla legal por discriminación que le ha llevado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

En Primera Instancia la Justicia le dio la razón, en una Sentencia de 2002 que estableció que la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social suponía un tratamiento discriminatorio basado en la pertenencia étnica. Sin embargo la misma se revocó con posterioridad, tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid como por el Tribunal Constitucional, ante el cual se planteó un recurso de amparo.

El Tribunal Europeo le reconoció su pensión con efectos retroactivos y una compensación por daños morales, más un resarcimiento por los gastos de defensa, lo que hace un total de 75.412,56 euros que deberá abonar la Seguridad Social española.

Nada más conocer el fallo del Tribunal, María Luisa expresó su emoción y satisfacción y dijo haber vivido «un sueño con un final feliz». Para el director de la Fundación Secretariado Gitano (FSG), Isidro Rodríguez, la resolución "supone un toque de atención al Tribunal Constitucional que no quiso apreciar discriminación ni tuvo en cuenta las circunstancias en las que se constituyó el matrimonio". "Es importante que las administraciones tengan en cuenta que la vulnerabilidad de las minorías étnicas en sus decisiones judiciales", añadió.


(Autora: Cristina I. Ortega Martos)

1 comentario:

  1. María Calero Lucena.29 de marzo de 2010, 8:43

    En cuanto al problema planteado en este articulo, considero que el concederle la pensión de viudedad a María Luisa era lo correcto ya que de no hacerlo se daría un caso de discriminación. Su matrimonio, aunque no estuviera reconocido por el código civil, era un matrimonio válido ya que para ellos simboliza la unión de la persona a la que quiere, aunque no haya papeles de por medio, y el no reconocérselo puede llegar a causarles un problema moral, que pienso que se le causaría a María Luisa, ya que además de estar casada 29 años también tuvo 6 hijos. Además, dentro de los Derechos Humanos se recoge la no discriminación por razones étnicas y el disfrute de todos los derechos y libertades, de manera que a María Luisa le pertenece dicha pensión.

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