martes, 1 de diciembre de 2009

Matrimonio con un difunto


La Ley francesa, si se cumplen una serie de requisitos legales, permite el matrimonio entre una persona viva y una persona fallecida. Dicha Ley fue promulgada en 1959 por mandato del Presidente Charles de Gaulle. El origen de esta Ley se produjo ese mismo año cuando tras reventar la presa de Malpasset, en el sur de Francia, se inundó la localidad de Fréjus produciéndose cientos de muertes. En la ciudad siniestrada vivía una joven, Irène Jodard, quien le suplicó al Presidente poder continuar con sus planes de matrimonio pese a que su novio, André Capra, hubiese fallecido por motivo de la riada. La Asamblea francesa aprobó la Ley que permitía contraer matrimonio con un fallecido para que los vivos pudieran ser declarados viudos oficiales.

Por lo anterior, el artículo 171 del Código Civil francés contiene lo siguiente: “El presidente de la República, puede, por motivos graves, autorizar la celebración de la boda, si uno de los futuros esposos ha fallecido, después del cumplimiento de formalidades oficiales que marcan sin equívoco su consentimiento”.

El pasado día 14 de noviembre, Magali Jaskiewicz, una ciudadana francesa, se casó con una persona ya fallecida, Jonathan, el novio con el que vivió seis años y el padre de sus dos hijas, una de tres años y otra de 18 meses. Jonathan falleció en un accidente de tráfico hace un año, por este motivo no pudo acompañar a su prometida hasta el altar, momento con el que ambos habían soñado según Magali.

La autoridad municipal de Dommary-Baroncourt, ubicada en Lorraine, en el noreste Francia, ofició la ceremonia a título póstumo, con la bendición preceptiva de Nicolas Sarkozy y de acuerdo con todos los requisitos legales. Christopeh Caput, el alcalde que ofició la ceremonia aseguró que la petición de Magali era sólida. Según la legislación francesa, este tipo de bodas son posibles siempre que exista clara evidencia de que planeaban contraer nupcias antes de que uno de ellos falleciera. Magali y Jonathan acudieron al Ayuntamiento para pedir cita para su casamiento dos días antes de que el joven falleciera, se la anunciaron al alcalde del pueblo el 25 de noviembre de 2008. Jaskiewicz demostró a los funcionarios que ella y Jonathan habían vivido juntos desde el año 2004 y que compartían una cuenta bancaria. Además proporcionó una foto del vestido de novia que había comprado para su boda, que fue el mismo que el que lució en su boda póstuma.

Desde el punto de vista burocrático, la novia no adquiere el estado civil de casada, sino el de viuda. Con todo esto Magali pretende además de seguir adelante con sus planes de boda y cumplir el sueño de ambos, afianzar un clima de cierta seguridad para el futuro incierto que se cerniría sobre sus hijas. De este modo, las dos hijas del matrimonio podrán beneficiarse de la herencia paterna y los beneficios sociales pertinentes.

Aunque estas bodas no sean muy frecuentes, se celebran docenas de ellas cada año en Francia, según el Gobierno. Por regla general los matrimonios póstumos suelen ser íntimos y no tienen demasiada publicidad. Otro caso que sorprendió mucho a los medios de comunicación fue la boda de Christelle y Eric en febrero de 2004 a pesar de que el novio, el agente de policía Eric Demichel, había fallecido en septiembre de 2002 por motivo de otro accidente de tráfico, al igual que en el caso de Magali.



(Autora: Cristina I. Ortega Martos)

7 comentarios:

  1. felipe fernandez herrera2 de diciembre de 2009, 16:52

    En mi modesta opinión considero que este tipo de "matrimonios" entre una persona viva y una muerta no tienen fundamentación lógica pues el fallecimiento conlleva inevitablemete la extinción de la personalidad.Si bien es cierto que la muerte no supone la desaparición de la dignidad del ser humano, y podría entender estos "matrimonios " en base a una fuerte carga de sentimentalidad por parte de la persona que desea casarse con un fallecido por diversos motivos..

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  2. En realidad no estamos ante un auténtico matrimonio. Se trata de una ficción jurídica que pretende, en circunstancias excepcionales y por concesión graciosa, otorgar los efectos del vínculo conyugal a quien no llegó a casarse. En todo ello ha jugado y juega un papel muy importante la sentimentalidad, como muestra el hecho de que la "novia" vaya de blanco. Pero, como siempre que hablamos de sentimientos, no debemos perder de vista qué es lo principal y qué lo secundario; y sobre todo no hay que confundir lo uno con lo otro a la hora de sacar conclusiones.

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  3. María Calero Lucena29 de marzo de 2010, 8:10

    En mi opinión, aparte de referir que no estaba al tanto de que existieran este tipo de “uniones”, pienso que tales “matrimonios” no tienen lógica alguna y no persigue ningún fin, salvo el de beneficiarse de los derechos civiles que otorga dicha unión, o el de satisfacer los sentimientos de la persona al poder estar casada con aquella a la que quiere pero que por circunstancias ya no está; ya que considero que la unión matrimonial va más allá de lo civil. El matrimonio lo considero una unión con futuro y sin embargo, casarse con una persona muerta no persigue este fin.

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  4. No conocia nada acerca de este tema, cuando he leido el artículo no me lo podía creer, ¡¿cómo se puede permitir un matrimonio con una persona fallecida?! se supone que el matrimonio es la unión de dos personas para compartir sus vidas juntas porque se quieren.
    Yo, sinceramente, creo que el principal fin que se persigue con ello es el beneficio económico, por las herencias y demás. Aunque podría existir algun caso en el que, de verdad, la persona desee verdaderamente contraer matrimonio por motivos tales como muerte reciente, porque tuviese un compromiso previo o porque ese haya sido su mayor deseo durante la relación con el fallecido, sin embargo, estas personas deberían reflexionar acerca del paso que van a dar.
    Definitivamente, no estoy de acuerdo con esta ley, pienso que lo único que puede hacer es quitar valor a un matrimonio verdadero, porque lo considero como una experiencia preciosa que hay q vivir con la persona que amas.

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  5. Patricia Sánchez Esperilla12 de abril de 2010, 7:06

    Bajo mi opinión personal considero que esto no sería para nada válido o incluso poco sano, ¿cómo puede tenerse un matrimonio con alguien que ya no está? es imposible...Como bien dice Fátima, se supone que se trata a largo plazo, y que se tiene que pasar el resdo de la vida con la persona ¿pero si ya no está, cómo es posible?...
    Luego me informado a nivel un poco básico de derecho que en el matrimonio se necesita la voluntad de ambas partes cosa que la persona fallecida ya no puede aportarla. También nos dice el derecho que el matrimonio se extingue con la muerte, entonces considero que se contradice un poco la idea con este tipo de matrimonios..
    No tiene sentido.

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  6. Se equivocan en algo. Cuando el sentimiento es verdadero y dos almas y dije almas deben estar unidas o así lo deseaban bajo el auspicio de Dios, creo que es algo que si no deja de ser triste, brinda en cierta manera algo de consuelo. Las promesas viven en nuestros corazones y el amor real es para siempre. Yo perdí a mi prometida. Sin embargo nuestras almas estarán unidas para siempre, no porque un papel lo diga, sino ante sus ojos y ante los de Dios. Así sea.

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  7. Vamos a lo que es: El matrimonio póstumo es un trámite legal donde el sentimentalismo, si bien está presente, es relegado a 2º plano. Lo importante es obtener la pensión de viuda y la manutención para los hijos de la pareja si es el caso.

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